Integridad corporativa


Sinergia Oncológica se apega a principios de ética e integridad,
basado en el principio de “Hacer lo correcto”.

El código de ética de una empresa es la recopilación de los valores, principios y pautas éticas y de conducta que conforman la cultura organizacional de nuestra empresa.

La definición del código de ética dice que este es el reflejo de cómo espera la dirección que se comporte la entidad y cada uno de sus integrantes.

Actuar legal y correctamente

Evitar cualquier conducta que pueda dañar la empresa y su reputación

Priorizar los intereses de la empresa por sobre cualquier otro objetivo



Mantener nuestro actuar profesional así como nuestra oferta de productos y servicios, siempre regidos por la calidad, la búsqueda del bienestar y el respeto por la integridad humana del paciente; trasladando dicho compromiso con nuestros Socios Comerciales, al entendernos como un eslabón más dentro de sus Cadenas de Valor.

Constituirnos como un Socio Estratégico Irrenunciable a través del cúmulo de tratamientos exitosos y pacientes satisfechos, mediante la calidad de los productos y servicios ofertados, los que deberán diferenciarse como un modelo de atención médica de referencia para la sociedad mexicana.

  • Ser éticos en nuestra práctica profesional
  • Respetar a las personas
  • Asegurar la calidad
  • Actuar con responsabilidad social y al medio ambiente
  • Trabajar en equipo
  • Responsabilidad, comunicación y colaboración
  • Proteger la información de nuestros colaboradores y clientes
  • Crear valor para pacientes, colaboradores y socios.

Todo miembro de Sinergia Oncologica, sin distinción alguna, se compromete, de manera indelegable e inexcusable a cumplir y hacer cumplir el Manual de Integridad Corporativa que se desprende de la legislación y normas aplicables en el Estado mexicano tanto dentro como fuera del recinto laboral.

  • Todo miembro de Sinergia Oncológica se compromete a observar en el desempeño de sus funciones, las leyes y normas vigentes en México, así como las extranjeras que resulten aplicables.
  • En caso de tener dudas respecto de este Código de Conducta, políticas aplicables, el trabajador deberá consultar con su superior jerárquico.
  • En caso de ser apropiado, teniendo en cuenta la naturaleza del hecho comunicado, los informes de violaciones y solicitudes de información podrán presentarse directamente a niveles más altos del organigrama de la empresa.

  • Desempeñamos nuestras labores con honestidad, debido cuidado, diligencia, profesionalismo, imparcialidad e integridad.
  • Cada uno de nosotros tiene derecho a un ambiente sano de trabajo, libre de toda discriminación y acoso.
  • Nos abstenemos de realizar conductas activas o pasivas que puedan ser encuadradas como:
    • Soborno
    • Participación ilícita en procedimientos administrativos
    • Tráfico de influencias
    • Utilización de información falsa
    • Obstrucción de facultades de investigación
    • Colusión
    • Uso indebido de Recursos Públicos
    • Contratación indebida de Servidores Públicos
    • Faltas de Particulares en Situación Especial
  • Es nuestra responsabilidad :
    • Tratar sus colegas con respeto, cortesía e imparcialidad
    • Evitar el mal uso y/o desperdicio de recursos de la empresa
    • Capacitarse de manera constante para el mejor desempeño en sus labores
    • Asegurarse de conocer y aplicar las políticas y los procedimientos operativos estándar relevantes al alcance de su trabajo individual
    • Colaborar plenamente con las investigaciones internas sobre posibles violaciones al Código
    • Comportarse en todo momento, de manera positiva cuidando la reputación de la empresa
    • Las demás que emanen de este Código y de la legislación aplicable
  • Queda estrictamente prohibido:
    • El consumo de alcohol o drogas en el lugar de trabajo y/o en horario laboral
    • Fumar fuera de las áreas expresamente señaladas para tal propósito
    • Utilizar el equipo de cómputo así como los bienes de la empresa para negocios externos o actividades ilegales o no éticas (juegos de azar, pornografía o temas ofensivos)
    • El participar en actividades personales durante el horario laboral que interfieran o le impidan cumplir con sus responsabilidades laborales
    • Ofrecer a cualquier funcionario de gobierno cualquier bien, monto o beneficio, directa o indirectamente, a cambio de un trato favorable
    • El uso de información privilegiada y/o confidencial en beneficio propio
    • Las demás conductas que este Código o las leyes aplicables dispongan

  • El personal directivo deberá presentar en todo momento un modelo de conducta ejemplar que promueva la cultura de cumplimiento e integridad.
  • Es responsabilidad del personal directivo:
    • Conocer el contenido del presente código así como los mecanismos para hacerlo valer frente al Comité de Conducta
    • Garantizar que las personas que supervise comprendan sus responsabilidades según este Código y las demás políticas de la Empresa
    • Crear un ambiente adecuado para que los empleados puedan presentar sus inquietudes respecto al cumplimiento de este Código así como del desempeño de sus funciones
    • Valorar las conductas en relación con el Código y las demás políticas de la Empresa
    • No fomentar o instruir a los empleados para actuar en contravención del Código de Conducta
    • Las demás que este Código y la legislación aplicable señalen.

  • La relación entre miembros de la misma área o departamento se sujetará a los procedimientos y diagramas de flujo descritos en los manuales de organización y procedimientos respectivos. En todo momento deberá observarse un trato respetuoso y un ambiente de compañerismo acorde a lo estipulado en este Código y a los Valores de la Empresa.
  • Las relaciones entre miembros de distintas áreas o departamentos se regirán por los criterios de coordinación establecidos en los manuales de la organización y procedimientos respectivos así como en el organigrama de la Empresa.
  • Toda operación comercial o de crédito entre miembros de Sinergia Oncológica, sin distinción de rango o jerarquía, están prohibidas dentro del horario y recinto de trabajo. Cualquier operación de este tipo realizada fuera del horario y recinto de trabajo son total responsabilidad de quienes la celebran.

  • Toda operación comercial o negociación con clientes, proveedores o consumidores deberá ser regida por las máximas del respeto y honestidad.
  • Los productos y/o servicios de Sinergia Oncológica, deben ser presentados de manera honesta y clara. En consecuencia, se prohíbe participar en prácticas desleales, engañosas o confusas.

  • Se entiende por Relación con el Gobierno, cualquier interacción con cualquier funcionario o empleado de un ente del Estado ya sea a nivel Federal, estatal o municipal.

  • Atendiendo a su área de trabajo y labores encomendadas, cada empleado debe garantizar la exactitud de los registros contables, financieros, de calidad, de gastos, de personal, etc.
  • Toda operación debe ser registrada en el período contable pertinente y en la cuenta y departamento correspondiente. Queda prohibido retrasar o anticipar el registro de ingresos o gastos.
  • Queda estrictamente prohibida la falsificación de cualquier tipo de documentos.
    • Actuar de acuerdo con la ley aplicable
    • Actuar de acuerdo con las obligaciones contractuales pertinentes
    • Reunir, usar y procesar dicha información únicamente con fines legítimos expresados en el aviso de privacidad correspondiente
    • Tener cuidado de evitar la revelación no autorizada
  • Los registros de Sinergia Oncológica deben ser conservados o desechados de conformidad con las políticas de conservación de registros de la Empresa.
  • Queda prohibido revelar información no pública de la Empresa, salvo cuando su difusión esté justificada y se requiera con fines comerciales.

  • Los empleados deben proteger todos los bienes de Sinergia Oncológica y utilizarlos únicamente en forma adecuada y eficiente. Asimismo, todos los empleados deben proteger los bienes de la Empresa contra pérdida, daño, uso incorrecto, robo, fraude, malversación y destrucción.

  • Un Conflicto de Interés se produce cuando los intereses personales de un empleado o los intereses de un tercero compiten con los intereses de la empresa y, en consecuencia pueden condicionar su independencia, sus decisiones imparciales y su desempeño íntegro.
  • Si se produce un Conflicto de Interés o si una persona se encuentra frente a una situación que pueda involucrar o dar lugar a un Conflicto de Interés, el empleado deberá comunicarlo a su superior jerárquico de inmediato.

  • Queda prohibido ser empleado o recibir pagos de cualquier cliente, proveedor o competidor de la Empresa por cualquier concepto sin la aprobación previa por escrito del superior jerárquico.
  • La impartición de clases, conferencias, presentaciones o talleres está permitida siempre y cuando no se realice a nombre de la empresa. Sin embargo, se debe contar con la aprobación por escrito del superior jerárquico, si:
    • El discurso o la presentación describe su trabajo en la Empresa
    • Se le identifica formalmente en el discurso o presentación como empleado de la Empresa

  • Los familiares directos y parejas de los miembros de Sinergia Oncológica pueden ser contratados únicamente en caso de que su nombramiento se base en sus calificaciones, desempeño, competencias y experiencia, y siempre que no exista ninguna relación de dependencia laboral directa o indirecta entre el empleado y su familiar o pareja. Obsequios, atenciones y otras cortesías.
  • Todo miembro debe abstenerse de hacer cualquier regalo o brindar cualquier atención o servicio que pueda ser entendido como un acto de corrupción o encaminado a obtener un trato preferencial incompatible con las leyes así como a este Código.
  • El ofrecimiento y aceptación de regalos solamente es permisible dentro de las siguientes pautas:
    • Son de valor mínimo o modesto
    • Se encuentran dentro de los estándares normales de cortesía, hospitalidad o protocolo
    • No tienen la intención de comprometer en ninguna forma la actuación de quien recibe, sus superiores o la organización a la que pertenece. Si se le ofrece un regalo, comida u otro tipo de atenciones que superen los límites antes indicados, rechácelos cortésmente y explique las normas de la Empresa
  • En ningún caso se podrán realizar o recibir obsequios consistentes en: I. Dinero. II. Préstamos. III. Sobornos. IV. Ventajas monetarias similares.

  • La política comercial y los precios se establecerán en forma independiente y nunca serán acordados, formal o informalmente, con los competidores u otras partes no relacionadas, ya sea en forma directa o indirecta.
  • Los clientes, territorios o mercados de producto nunca serán distribuidos entre la Empresa y sus competidores sino que siempre como resultado de la competencia económica.

  • Queda tajantemente prohibido para todo miembro de Sinergia Oncológica, el ofrecer o prometer en forma directa o a través de intermediarios, un favor personal, financiero o de cualquier otro tipo, a fin de obtener o conseguir un negocio u otra ventaja de parte de un tercero, ya sea público o privado.
  • De igual forma, los empleados deben abstenerse de realizar cualquier actividad o conducta que pudiera dar lugar a la aparición o sospecha de que un soborno ha tenido lugar.

  • Cualquier persona, ya sea que trabaje directamente o no para Sinergia Oncológica, puede presentar, de manera verbal o escrita, un reporte de irregularidades ante el Gerente o el superior jerárquico de éste. Los reportes de irregularidades que vayan en contra del Código de Integridad pueden ser enviados por colaboradores al siguiente mail:
    compliance@sinergiaoncologica.com
    Nuestro compromiso es monitorear periódicamente este canal de comunicación para un correcto seguimiento y resolución de los casos.
  • Se prohíbe la toma de represalias contra cualquier empleado respecto de aquellos reportes presentados de buena fe. El miembro de la empresa que habiendo brindado información o participado en un proceso de investigación que considere estar siendo víctima de represalias podrá proceder directamente al Comité de Conducta para expresar lo que a su derecho convenga.

  • Todo incumplimiento de este Código dará lugar a la aplicación de medidas disciplinarias, incluida la posibilidad del despido sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales pertinentes.

  • Todos los miembros de Sinergia Oncológica se comprometen a proteger el medio ambiente y a realizar sus actividades de manera responsable y sostenible.

  • Toda violación al Código de Conducta será resuelta por el Director General o en ausencia de este por el Gerente de la Empresa.
  • En caso de existir algún reporte de irregularidades o que las circunstancias particulares así lo ameriten, el Director General o en ausencia de éste, el Gerente de la Empresa podrá ordenar el inicio un proceso de investigación.
  • En el proceso de investigación la persona que lo dirija se auxiliará de, al menos, una persona más que funja como testigo y verifique la imparcialidad de las pesquisas.
  • La primera etapa de la investigación se realizará de manera confidencial.
  • En caso que a juicio de la unidad investigadora no existan elementos para proseguir con las pesquisas lo comunicará al Director General o Gerente de la Empresa.
  • En caso que la unidad investigadora considere que existen elementos suficientes para continuar con el proceso disciplinario, se lo notificará al Director General o Gerente de Sinergia Oncológica así como a la(s) persona(s) involucrada(s) para que habiendo conocido el contenido y alcance de la investigación, expresen en un término de 5 días hábiles, lo que a su derecho convenga.
  • En caso de ser necesario, se realizará una audiencia para el desahogo de las pruebas y alegatos de la(s) persona(s) involucrada(s) en la investigación.
  • Realizado lo anterior, el Director General o Gerente de la Empresa se pronunciará respecto a si se actualizó o no una violación al Código de Conducta.
  • En caso que se actualice una o más violaciones al Código de Conducta, se procederá a imponer una medida disciplinaria o sanción que atendiendo a la gravedad de la(s) falta(s) podrán ser las siguientes:
    • Reporte
    • Amonestación Escrita
    • Suspensión temporal; y/o
    • Inicio del proceso de despido
  • En perjuicio de lo anterior, el Patrón o Gerente de la Empresa podrán dar vista al Ministerio Público.

  • El Código de Conducta será revisado y actualizado por lo menos una vez cada tres años mediante la aplicación de cuestionarios y consultas a los miembros de Sinergia Oncológica.
  • Si algún procedimiento estipulado en este Código contradice la Ley aplicable, la Ley regirá sobre el Código.